Cómo solicitar el bono social eléctrico: documentación, comercializadora y plazos

España · Bono social eléctrico

El bono social eléctrico se solicita a una comercializadora de referencia (COR), no a la distribuidora como tal. Antes de presentar la solicitud, el titular debe comprobar que el suministro corresponde a su vivienda habitual, que tiene o acepta contratar el PVPC y que la potencia contratada no supera 10 kW.

La COR revisa la solicitud y la documentación. Si está completa, debe comunicar el resultado en un máximo de 10 días hábiles.

Dónde se solicita
En una comercializadora de referencia
Contrato necesario
PVPC para vivienda habitual
Respuesta de la COR
Máximo 10 días hábiles*

*El plazo se cuenta desde que la comercializadora de referencia recibe la solicitud completa con la documentación necesaria.

Antes de solicitarlo: qué debes comprobar

El bono social eléctrico está dirigido a personas físicas que sean titulares del contrato de su vivienda habitual y cumplan las condiciones económicas o personales aplicables. Para iniciar el trámite, revisa estos puntos en tu factura o contrato:

  • El titular del contrato es una persona física.
  • El suministro corresponde a la vivienda habitual.
  • El contrato está acogido al PVPC o aceptas contratarlo con una comercializadora de referencia.
  • La potencia contratada es de 10 kW o menos.
  • Cumples los requisitos de renta, unidad de convivencia o situación personal que correspondan.

Si estás en el mercado libre: no puedes tramitar el bono social con ese contrato. Para solicitarlo debes contratar el PVPC con una comercializadora de referencia.

¿A quién se presenta la solicitud?

La solicitud se presenta ante una comercializadora de referencia. Es la empresa que puede ofrecer el PVPC y tramitar el bono social.

Comercializadora de referencia

Gestiona el contrato PVPC, factura el suministro y tramita la solicitud del bono social.

Distribuidora

Opera la red eléctrica y realiza funciones técnicas de distribución y medida. La solicitud se dirige a la COR, no a la distribuidora por sus funciones de red; comprueba siempre qué entidad actúa como comercializadora de referencia.

Puedes consultar el listado oficial y los canales actualizados de las COR en la página del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. Los teléfonos, correos y direcciones deben comprobarse en la fuente oficial vigente antes de enviar documentación.

Documentación para solicitar el bono social eléctrico

La documentación concreta depende de la situación de cada hogar y de las comprobaciones que pueda hacer la COR. Como base, prepara copias legibles y utiliza el formulario oficial de la comercializadora elegida.

DocumentoCuándo puede ser necesario
Formulario de solicitud de la CORSiempre.
NIF o NIE del titular y, cuando proceda, de los miembros de la unidad de convivenciaPara identificar a las personas incluidas en la solicitud.
Certificado de empadronamiento individual o conjuntoPara acreditar residencia y composición de la unidad de convivencia.
Libro de familia, certificaciones del Registro Civil, certificado de matrimonio, inscripción como pareja de hecho u otro documento equivalenteCuando sea necesario acreditar la composición de la unidad de convivencia.
Título de familia numerosa en vigorSi se solicita por esta condición.
Certificado de servicios sociales u órgano competentePara acreditar determinadas circunstancias especiales, cuando proceda.
Certificado de la Seguridad SocialCuando se solicite por la vía de pensión mínima.
Acreditación del Ingreso Mínimo VitalSi la comprobación automática no está disponible.

Entre las circunstancias especiales que pueden requerir acreditación figuran la discapacidad reconocida igual o superior al 33 %, la violencia de género, la condición de víctima del terrorismo, la dependencia de grado II o III y determinadas unidades de convivencia monoparentales con menores. El documento y el organismo emisor pueden variar según la circunstancia y el territorio.

No basta con tener ingresos bajos. Deben cumplirse conjuntamente las condiciones de titularidad, vivienda habitual, PVPC, potencia contratada, situación económica o personal y acreditación documental que corresponda.

Pasos para presentar la solicitud

  1. Revisa el contrato. Confirma que es la vivienda habitual, que la potencia no supera 10 kW y que tienes PVPC o puedes contratarlo.
  2. Consulta una COR y descarga su formulario vigente. Usa los canales indicados por la propia comercializadora o el listado oficial del Ministerio.
  3. Reúne la documentación. Prepara la documentación general y la específica de tu situación familiar, económica o personal.
  4. Presenta la solicitud. La COR puede habilitar web, correo electrónico, correo postal, teléfono con envío posterior de justificantes y oficinas presenciales cuando existan.
  5. Guarda la prueba de entrega. Conserva el justificante, correo de confirmación o número de referencia.
  6. Revisa la respuesta y la factura. Comprueba la resolución, la fecha de vigencia y la primera factura a la que se aplica el descuento.

Cuánto tarda y cuándo aparece el descuento

La comercializadora de referencia debe comunicar el resultado de sus comprobaciones en un plazo máximo de 10 días hábiles desde la recepción de la solicitud completa. Si deniega la solicitud, debe indicar los motivos.

Si se concede, el bono social se devenga desde el primer día del ciclo de facturación en el que la COR recibe la solicitud completa:

  • Se aplica en la primera factura emitida al menos 15 días hábiles después de esa recepción.
  • Si esa factura se emite antes, se aplicará en la factura inmediatamente posterior.

Duración, renovación y cambios de situación

Con carácter general, el bono social tiene una duración de dos años, salvo que se pierdan antes los requisitos. Para las familias numerosas, se mantiene hasta la fecha de caducidad del título de familia numerosa.

Conviene atender las comunicaciones de la COR antes de la fecha de vencimiento para comprobar si procede una renovación automática o una nueva solicitud. Si se produce un cambio que implique perder la condición de consumidor vulnerable, debe comunicarse a la COR en el plazo máximo de un mes.

Descuentos vigentes en 2026

Según la normativa temporal vigente, hasta el 31 de diciembre de 2026 el descuento extraordinario es:

  • 42,5 % para consumidores vulnerables.
  • 57,5 % para consumidores vulnerables severos.

Estos porcentajes son temporales y no deben considerarse permanentes ni aplicables automáticamente después de esa fecha. Deben revisarse los requisitos y porcentajes en la normativa vigente cuando se solicite o renueve el bono.

Si hay deuda o riesgo de corte de luz

La protección frente a la suspensión del suministro depende de la situación concreta. El consumidor en riesgo de exclusión social debe cumplir los requisitos de consumidor vulnerable severo y ser atendido por servicios sociales de una administración pública que financie al menos el 50 % de la factura a PVPC. En ese supuesto, el suministro no puede interrumpirse por imposibilidad temporal de pago en los términos legales.

Si existe riesgo de corte, deuda o vulnerabilidad severa, actúa cuanto antes: contacta con los servicios sociales autonómicos o locales y con la comercializadora de referencia. No esperes a la siguiente factura ni des por hecho que una solicitud pendiente protege por sí sola frente a cualquier incidencia.

Importante: bono social eléctrico y bono social térmico no son lo mismo

Este procedimiento sirve para el bono social eléctrico. El bono social térmico tiene reglas propias: no se solicita mediante la COR y lo gestionan las comunidades autónomas y las ciudades con estatuto de autonomía.

Preguntas frecuentes

¿El bono social se solicita a la distribuidora o a la comercializadora?

Se solicita a una comercializadora de referencia, no a la distribuidora por sus funciones de red. La comercializadora gestiona el contrato PVPC, la factura y la tramitación del bono social.

¿Puedo pedir el bono social si estoy en el mercado libre?

No con un contrato de mercado libre. Debes tener, o aceptar contratar, el PVPC con una comercializadora de referencia y cumplir el resto de requisitos.

¿Cuánto tarda la respuesta a la solicitud?

La COR debe comunicar el resultado en un máximo de 10 días hábiles desde que recibe la solicitud completa con la documentación necesaria.

¿Cuándo veré el descuento en la factura?

Se devenga desde el primer día del ciclo de facturación en que se recibe la solicitud completa. Se aplica en la primera factura emitida al menos 15 días hábiles después de la recepción o, si no se cumple ese plazo, en la factura siguiente.

¿Qué hago si me falta un documento?

Pide a la COR que identifique el documento o dato pendiente y presenta la subsanación por un canal que deje constancia. Conserva siempre el justificante de presentación.

¿Los descuentos del 42,5 % y 57,5 % son permanentes?

No. Son descuentos extraordinarios vigentes hasta el 31 de diciembre de 2026 según la normativa consultada. Deben revisarse si solicitas o renuevas el bono después de esa fecha.

Fuentes oficiales y revisión

Información revisada el 23 de septiembre de 2026. Los requisitos, descuentos temporales, formularios y canales de contacto pueden cambiar.